

¿Puede la empresa exigir el uso del móvil personal para aplicaciones de trabajo? AEPD, Resolución de procedimiento sancionador, expediente EXP202411411
La AEPD sanciona con 200.000 euros a una empresa del sector VTC por exigir a sus conductores el uso de terminales móviles —personales o corporativos— con aplicaciones necesarias para la prestación del servicio, al constatar que permitían recopilar datos que excedían de lo estrictamente imprescindible, datos de geolocalización, información personal, contactos, grabaciones de voz, fotos, vídeos o información sobre el estado físico de los trabajadores. Además, considera insuficiente la información facilitada sobre qué datos se recogen, cómo funcionan las aplicaciones y cómo debe producirse la desconexión al finalizar la jornada, aspectos especialmente sensibles cuando la herramienta digital se instala en un dispositivo de uso personal.
La recomendación práctica es anticipar una revisión de los permisos reales de las aplicaciones, la proporcionalidad de los datos tratados, la base jurídica aplicable y la información entregada a la plantilla. antes de implantar o mantener soluciones tecnológicas vinculadas al desempeño laboral, especialmente cuando afecten a dispositivos personales o puedan operar fuera del tiempo de trabajo.
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