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Prórroga del régimen extraordinario dictado durante la pandemia del Covid-19 para la causa de disolución por pérdidas

14/04/2025

Prórroga del régimen extraordinario dictado durante la pandemia del Covid-19 para la causa de disolución por pérdidas

Flash informativos

El Gobierno ha aprobado la prórroga del régimen extraordinario que suspende, a efectos legales, la consideración de determinadas pérdidas contables como causa de disolución de sociedades mercantiles. Esta medida ha entrado en vigor el 9 de abril mediante el Real Decreto-ley 4/2025 de medidas urgentes de respuesta a la amenaza arancelaria y de relanzamiento comercial.   

Con esta iniciativa, se busca proporcionar un nuevo marco de alivio financiero a las empresas que, aun siendo viables, podrían verse gravemente afectadas por el impacto acumulado de la crisis derivada de la pandemia de COVID-19 y el nuevo contexto económico internacional, marcado por la reciente imposición de aranceles por parte de EE. UU. sobre productos europeos. 

El Departamento de M&A y Mercantil de Lener analiza los siguientes aspectos clave: 

  • Contexto normativo previo: marco general de disolución de sociedades según la Ley de Sociedades de Capital y medidas excepcionales adoptadas desde la pandemia.
  • Finalidad del RD-L 4/2025: medidas urgentes ante la amenaza arancelaria y protección del tejido empresarial español.
  • Alcance de la prórroga: se extiende la exclusión de las pérdidas de 2020 y 2021 hasta el ejercicio 2025, inclusive.
  • Obligaciones de los administradores: condiciones para convocar la junta general y responsabilidades derivadas.
  • Reformulación de cuentas anuales 2024: habilitación de un plazo especial si ya se hubieran formulado antes de la entrada en vigor del RD-L.
  • Impacto práctico y recomendaciones: implicaciones de la medida en la gestión societaria y próximas acciones que deben considerar las empresas.

Descargar el análisis completo:

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