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Los límites de la responsabilidad concursal en las cooperativas

03/11/2026

Los límites de la responsabilidad concursal en las cooperativas

En los medios

Nuestro compañero Jesús Redondo Blanco, manager del área de Reestructuraciones en la oficina de Valladolid de Lener, analiza hoy en Vozpópuli los límites de la responsabilidad concursal en las cooperativas. Parte de la Sentencia 141/2026 del Tribunal de Instancia de León, dictada en el concurso de la Sociedad Cooperativa Lechera LAR, en el que Lener ha defendido a la cooperativa en la sección de calificación.

La resolución delimita cuándo un gerente puede ser considerado administrador de hecho y hasta dónde alcanza la responsabilidad de los administradores de derecho.

  • Cómo se identifica a un administrador de hecho: lo que cuenta son las funciones que se ejercen, no el cargo que figura en el organigrama.
  • Por qué el tribunal no extendió la responsabilidad al consejo rector: sus miembros asumieron el cargo después de los ejercicios en los que se produjeron las irregularidades, no tenían formación contable ni percibían retribución por el cargo y confiaron de forma razonable en el gerente y en tres informes de auditoría con opinión favorable.
  • El papel de la auditoría: para un consejo sin perfil técnico, es una fuente clave de información. El tribunal apreció que esos informes carecían de rigor de forma manifiesta, y eso reforzó la exoneración de los consejeros.

Es una referencia útil para muchas cooperativas, donde el consejo lo forman los propios socios y la gestión diaria la lleva un gerente profesional.

Leer el artículo completo aquí➡️  https://lnkd.in/e28KGvZy

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