Recogemos en esta Newsletter las sentencias más destacadas de los últimos meses en materia de responsabilidad sanitaria, con pronunciamientos tanto de la Sala Primera del Tribunal Supremo como de varios Tribunales Superiores de Justicia.
Los pronunciamientos que hemos seleccionado giran en torno a cuatro cuestiones que se repiten en la práctica diaria del litigio sanitario: ¿cuándo un diagnóstico que resultó incorrecto genera responsabilidad y cuándo responde simplemente a la evolución imprevisible de la enfermedad? ¿Puede un gesto comercial del centro -como la devolución de honorarios- volverse en su contra como reconocimiento de culpa? ¿Qué consecuencias tiene para la Administración no documentar adecuadamente su actuación ante una complicación grave? Y, por último, ¿hasta qué punto importa la especialización real del perito, más allá de su título?
STS 1036/2026, de 26 de junio de 2026: La evolución natural de una patología de benigna a maligna no constituye, por sí sola, un error de diagnóstico generador de responsabilidad.
El Tribunal Supremo resuelve una reclamación de más de 600.000 € por el diagnóstico tardío de un cáncer de mama, distinguiendo entre un verdadero error de diagnóstico y la evolución natural e imprevisible de un fibroadenoma que acaba degenerando en carcinoma.
STS 1177/2026, de 16 de julio de 2026: La devolución de honorarios por un centro de rehabilitación no constituye un reconocimiento de responsabilidad a efectos de la doctrina de los actos propios.
El Tribunal Supremo confirma la absolución de un centro de rehabilitación deportiva frente a un paciente que sostenía que la devolución del importe de las sesiones de fisioterapia equivalía a reconocer una mala praxis.
STSJ Aragón 309/2026, de 28 de julio de 2026: La ausencia de registro en la historia clínica de las actuaciones realizadas tras una complicación grave invierte la carga de la prueba contra la Administración sanitaria.
La Sala fija una indemnización de 100.000 € por la extravasación de un fármaco de quimioterapia, al no poder acreditar la Administración, sin anotaciones en la historia clínica, que aplicó el protocolo previsto para este tipo de complicaciones.
STSJ Castilla y León 790/2026, de 14 de julio de 2026: El pH normal de la arteria umbilical al nacimiento constituye un dato nuclear para descartar la hipoxia intraparto, prevaleciendo sobre la interpretación del registro cardiotocográfico por peritos sin cualificación específica.
La Sala desestima una reclamación de 3.000.000 € por la parálisis cerebral de una menor tras un parto y cuestiona la cualificación de los peritos pediatras de la parte actora para interpretar el registro cardiotocográfico.
SAP Barcelona 421/2026, de 29 de junio de 2026: La pérdida de la muestra biológica de un lunar sospechoso de melanoma genera daño moral indemnizable, aunque la cuantía debe moderarse según la probabilidad de benignidad de la lesión.
La Audiencia reduce de 50.000 € a 5.000 € la indemnización a un paciente que, tras extraviarse la muestra, no pudo saber si su lesión era cancerígena, y rechaza aplicar como referencia el baremo de tráfico.
Proyecto de Ley de Productos Sanitarios, de septiembre de 2026: Un nuevo marco regulatorio que integra los reglamentos europeos, regula la fabricación en centros sanitarios y refuerza el papel de la AEMPS.
El texto responde a la evolución tecnológica del sector (software médico, inteligencia artificial, impresión 3D de implantes) y eleva a rango de ley la fabricación in house, con controles, inspecciones e infracciones específicas.
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